AGOTADO

Cod: CEP8

BREWER-CARÍAS, Allan R.
EL GOLPE A LA DEMOCRACIA DADO POR LA SALA CONSTITUCIONAL.
Editorial




Tomadodel Índice

NOTA DEL AUTOR                 

A MANERA DE PRÓLOGO:

“REVOLUCIÓN ELECTIVA, PURIFICADORA DE LA VIOLENCIA”                 

A MANERA DE INTRODUCCIÓN:

REFLEXIONES SOBRE LA SITUACIÓN POLÍTICA DE VENEZUELA (MARZO-ABRIL 2014)             

PRIMERA PARTE

LA ARBITRARIA IMPOSICIÓN POR EL JUEZ CONSTITUCIONAL DE UN GOBIERNO SIN LEGITIMIDAD DEMOCRÁTICA ALGUNA AL INICIO DEL PERÍODO CONSTITUCIONAL 2013-2019; Y SU ILEGÍTIMA ABSTENCIÓN DE JUZGAR SOBRE LA NULIDAD DE LA ELECCIÓN PRESIDENCIAL DE ABRIL DE 2013               

INTRODUCCIÓN                   

I.         EL JUEZ CONSTITUCIONAL, ANTE LA “FALTA TEMPORAL DEFINITIVA” DEL PRESIDENTE ELECTO, IMPONIENDO LA “CONTINUIDAD ADMINISTRATIVA” DE UN GOBIERNO FENECIDO Y SIN LEGITIMIDAD DEMOCRÁTICA, EN ENERO DE 2013            

II.       EL JUEZ CONSTITUCIONAL, ANTE LA“FALTA ABSOLUTA” DEL PRESIDENTE ELECTO QUE NUNCA TOMÓ POSESIÓN DE SU CARGO, EXTENDIENDO LA CONTINUIDAD DE UN GOBIERNO SIN LEGITIMIDAD DEMOCRÁTICA, EN MARZO DE 2013                       

 

III.     EL JUEZ CONSTITUCIONAL, ANTE LAS IMPUGNACIONES DE LA ELECCIÓN PRESIDENCIAL DE ABRIL DE 2013, LAS IGNORÓ, DECLARANDO LA “LEGITIMIDAD” DE LA MISMA MEDIANTE UNA “NOTA DE PRENSA,” EN AGOSTO DE 2013            

SEGUNDA PARTE

LA ILEGÍTIMA E INCONSTITUCIONAL REVOCACIÓN DEL MANDATO POPULAR DE ALCALDES POR LA SALA CONSTITUCIONAL DEL TRIBUNAL SUPREMO, USURPANDO COMPETENCIAS DE LA JURISDICCIÓN PENAL, MEDIANTE UN PROCEDIMIENTO “SUMARIO” DE CONDENA Y ENCARCELAMIENTO (EL CASO DE LOS ALCALDES VICENCIO SCARANO SPISSO Y DANIEL CEBALLO)                  

I.         SOBRE LA OBLIGATORIEDAD DE LAS SENTENCIA DE AMPARO                

II.        EL DESACATO DE LAS SENTENCIAS DE AMPARO Y LA AUSENCIA DE PODERES SANCIONATORIOS DEL JUEZ DE AMPARO                 

III.      LAS PROPUESTAS DE REFORMA (NO SANCIONADAS) DE LA LEY ORGÁNICA DE AMPARO DE OCTUBRE 2013 SOBRE EL DESACATO EN MATERIA DE AMPARO                   

IV.       LA VIOLACIÓN AL DEBIDO PROCESO (DERECHO A LA DEFENSA, A LA PRESUNCIÓN DE INOCENCIA, AL JUEZ NATURAL) POR PARTE DE LA SALA CONSTITUCIONAL, AL USURPAR LAS COMPETENCIAS DE LA JURISDICCIÓN PENAL Y PRETENDER IMPONER SANCIONES PENALES SIN PROCESO, Y ACTUANDO COMO JUEZ Y PARTE           

1.         Violación del derecho a la defensa por falta de actividad probatoria, y a la presunción de inocencia por inversión de la carga de la prueba                   

2.         El procedimiento para determinar el desacato al mandamiento de amparo                   

3.         La sanción penal al desacato: competencia exclusiva de la Jurisdicción Penal mediante un proceso penal              

 4.         La inconstitucional asunción de la competencia de la Jurisdicción Penal por la Sala Constitucional, como juez y parte, violando las garantías de la presunción de inocencia, al juez natural ya la doble instancia                       

V.         LA CRIMINALIZACIÓN DEL EJERCICIO DE LA FUNCIÓN ADMINISTRATIVA Y LA VIOLACIÓN DEL PRINCIPIO DEMOCRÁTICO             

VI.       EL FALLIDO INTENTO DE LA SALA CONSTITUCIONAL DE JUSTIFICAR LO INJUSTIFICABLE: LA VIOLACIÓN DE TODOS LOS PRINCIPIOS DEL DEBIDO PROCESO EN EL CASO DE LAS SENTENCIAS DICTADAS CONTRA LOS ALCALDES, REVOCÁNDOLES SU MANDATO POPULAR                     

1.        Sobre el debido proceso                  

2.        La inconstitucional “presunción” de desacato al mandamiento de amparo y su declaración final”                   

3.        La consecuencia del desacato y la usurpación de la competencia de la jurisdicción penal por la Sala Constitucional           

4.        La pena accesoria de inhabilitación política.                      

5.        El intento de justificar lo injustificable: que un delito no es un delito y que una pena de prisión no es una pena “penal”                  

6.        Las violaciones a las garantías del debido proceso: violación al derecho a la presunción de inocencia                       

7.        Las violaciones a las garantías del debido proceso: violación al derecho a la presunción de inocencia                       

8.        Las violaciones a las garantías del debido proceso: violación al derecho a la doble instancia             

9.        La inhabilitación política, la ausencia absoluta, y el cese de funciones públicas y consecuencias                    

COMENTARIOFINAL            

TERCERA PARTE

LA REVOCACIÓN DEL MANDATO POPULAR DE UNA DIPUTADA A LA ASAMBLEA NACIONAL POR LA SALA CONSTITUCIONAL DEL TRIBUNAL SUPREMO, DE OFICIO, SIN JUICIO NI PROCESO ALGUNO (EL CASO DE LA DIPUTADA MARÍA CORINA MACHADO)      

I.         LA ELECCIÓN POPULAR DE LOS DIPUTADOS

Y LA EXCLUSIVA REVOCACIÓN POPULAR DE SU MANDATO                     

II.       SOBRE LA DECLARATORIA DE INADMISIBILIDAD DE LA DEMANDA POR CARECER LOS DEMANDANTES DE LEGITIMACIÓN PARA REPRESENTAR INTERESES COLECTIVOS Y DIFUSOS EN DEFENSA DEL PRINCIPIO DEMOCRÁTICO Y EN CONTRA DEL ABUSO DE PODER DEL PRESIDENTE DE LA ASAMBLEA NACIONAL            

III.      LA DECISIÓN DEL TRIBUNAL SUPREMO, ADOPTADA DE OFICIO, MEDIANTE UN OBITER DICTUM, SIN JUICIO NI PROCESO, QUE DESPOJÓ DE SU MANDATO POPULAR A LA DIPUTADA MARÍA CORINA MACHADO                       

IV.       EL SENTIDO DEL ARTÍCULO 191 DE LACONSTITUCIÓN SOBRE LA PÉRDIDA DE LA INVESTIDURA DE LOS DIPUTADOS EN EL MARCO DEL SISTEMA DE SEPARACIÓN DE PODERES Y DEL SISTEMA PRESIDENCIAL DE GOBIERNO                       

V.         LA PROHIBICIÓN A LOS DIPUTADOS DE ACEPTACIÓN DE CARGOS, HONORES O RECOMPENSAS DE GOBIERNOS EXTRANJEROS            

VI.       EL VERDADERO PROPÓSITO DE LA SALA CONSTITUCIONAL AL HABER PROCEDIDO A DECIDIR, DE OFICIO, SIN PROCESO, TORCIENDO LA INTERPRETACIÓN DEL ARTÍCULO 191 DE LA CONSTITUCIÓN, PARA REVOCARLE SU MANDATO POPULAR A LA DIPUTADA MARÍA CORINA MACHADO                    

VII.     EL RECURSO AL “HECHO PÚBLICO, NOTORIO Y COMUNICACIONAL” PARA SENTENCIAR SIN PRUEBAS, VIOLANDO EL DEBIDO PROCESO                

VIII.   DE NUEVO SOBRE EL TEMA DE LA AUTORIZACIÓN DE LA ASAMBLEA NACIONAL PARA ACEPTAR CARGOS, HONORES Y RECOMPENSAS DE GOBIERNOS EXTRANJEROS, Y LA APLICACIÓN DE PLENO DERECHO DE LA PÉRDIDA DE LA INVESTIDURA DE LA DIPUTADA MACHADO, SIN PROCESO             

IX.      LA INTERPRETACIÓN INCONSTITUCIONAL DE LA CONSTITUCIÓN O LA MUTACIÓN ILEGÍTIMA DE LA CONSTITUCIÓN                    

CUARTA PARTE

LA ACEPTACIÓN POR LA SALA CONSTITUCIONAL DEL TRIBUNAL SUPREMO DE LIMITACIONES AL DERECHO A SER ELECTO DERIVADAS DE “INHABILITACIONES POLÍTICAS” INCONSTITU-CIONALMENTE IMPUESTAS A FUNCIONARIOS PÚBLICOS COMO SANCIÓN ADMINISTRATIVA (EL CASO DE EX ALCALDE LEOPOLDO LÓPEZ)                        

INTRODUCCIÓN                   

I.         LOS DERECHOS POLÍTICOS EN EL SISTEMA CONSTITUCIONAL VENEZOLANO               

1.        El régimen de los derechos políticos en la Constitución y en la Convención Americana de Derechos Humanos                   

2.        Las limitaciones y restricciones constitucionales al ejercicio de los derechos políticos            

3.         La reglamentación al ejercicio y oportunidades de ejercicio de los derechos políticos en la Convención Americana                 

II.        LAS RESTRICCIONES AL EJERCICIO DE LOS DERECHOS POLÍTICOS                   

1.        Las restricciones conforme al principio democrático                    

2.         Las restricciones al ejercicio del derecho político de acceder a cargos públicos no electivos o de nombramiento                      

3.         La importancia del respeto a la voluntad popular en una sociedad democrática respecto de cargos electivos                    

III.     LAS LIMITACIONES ADMINISTRATIVAS RESPECTO DEL EJERCICIO DE CARGOS PÚBLICOS DE NOMBRAMIENTO EN EL MARCO DEL RÉGIMEN DE LA ADMINISTRACIÓN PÚBLICA Y LA SANCIÓN ADMINISTRATIVA DE INHABILITACIÓN                    

1.         Las funciones de la Contraloría General de la República              

2.         La ausencia de imparcialidad de la Contraloría General de la República en los procedimientos administrativos de imposición de sanciones de inhabilitación a los funcionarios públicos                    

3.         Las sanciones administrativas de inhabilitación administrativa impuestas por la Contraloría General de la República no se dictan en ejercicio de funciones jurisdiccionales              

4.        La ausencia de efectiva autonomía de la Contraloría General de la República en el régimen autoritario venezolano, dada la ausencia de separación de poderes             

5.        La ausencia de garantías del debido proceso en el procedimiento administrativo desarrollado ante la Contraloría General de la República para imponer sanciones administrativas de inhabilitación a los funcionarios públicos           

6.        La ausencia de garantía del derecho a la defensa en el procedimiento administrativo que se desarrolla ante la Contraloría General de la República para inhabilitar administrativamente a los funcionarios públicos                       

IV.      LA PROTECCIÓN DEL EJERCICIO DEL DERECHO POLÍTICO AL SUFRAGIO PASIVO POR PARTE DE LA CORTE INTERAMERICANA DE DERECHOS HUMANOS (CASO LEOPOLDO LÓPEZ VS. ESTADO VENEZOLANO, SEPTIEMBRE 2011)DESCONOCIDA POR EL ESTADO VENEZOLANO                     

V.        EL CONTROL DE CONSTITUCIONALIDAD EJERCIDO POR LA SALA CONSTITUCIONAL RESPECTO DE LA SENTENCIA DE LA CORTE INTERAMERICANA DE DERECHOS HUMANOS EN EL CASO LEOPOLDO LÓPEZ VS. VENEZUELA, Y SU DECLARACIÓN COMO “INEJECUTABLE” EN VENEZUELA                    

1.        Las competencias de la Sala Constitucional del Tribunal Supremo                      

2.         Sobre la “acción innominada de control de constitucionalidad” de las sentencias de la Corte Interamericana de Derechos Humanos y su trámite                     

3.        El tema de la jerarquía constitucional de los tratados sobre derechos humanos, la negación del poder de los jueces a decidir su aplicación preferente, y el monopolio del control de constitucionalidad asumido por la Sala respecto de las decisiones de la Corte Interamericana.               

4.         La reiteración de la negación del carácter supra-constitucional de los tratados sobre derechos humanos si contienen normas sobre su goce y ejercicio más favorables a las establecidas en la Constitución                       

5.         La interpretación de la Constitución conforme al proyecto político del gobierno y el rechazo a los valores universales sobre derechos humanos                   

6.        El análisis del tema de fondo sobre el tema de las inhabilitaciones políticas impuestas por autoridades administrativas y rechazo al principio de que las mismas puedan ser sólo pueden ser impuestas por decisión judicial                      

7.         La ponderación entre la Convención Americana y otros tratados internacionales como los relativos a la lucha contra la corrupción           

8.         La denuncia de usurpación respecto de la Corte Interamericanas y la inejecución de su sentencia                

VI.      LA INTERPRETACIÓN Y ACLARACIÓN DE LA SENTENCIA, EX POST FACTO Y EXTRA PROCESO, MEDIANTE “COMUNICADO DE PRENSA” POR PARTE DE LA PRESIDENTA DE LA SALA CONSTITUCIONAL                   

QUINTA PARTE:

UN NUEVO ATENTADO CONTRA LA DEMOCRACIA:

EL SECUESTRO DEL DERECHO POLÍTICO A MANIFESTAR MEDIANTE UNA ILEGÍTIMA “REFORMA” LEGAL EFECTUADA POR LA SALA CONSTITUCIONAL DEL TRIBUNAL SUPREMO             

I.         EL DERECHO POLÍTICO A MANIFESTAR Y SUS RESTRICCIONES              

II.        LA INTERPRETACIÓN “A LA CARTA,”  CONFORME A LOS DESEOS DEL GOBIERNO, MEDIANTE UNA SENTENCIA QUE RESOLVIÓ UN SUPUESTO “RECURSO DE INTERPRETACIÓN DE NATURALEZA CONSTITUCIONAL Y LEGAL”                        

III.      LA INCONSTITUCIONAL “REFORMA” DE LA LEY DE PARTIDOS POLÍTICOS, REUNIONES Y MANIFESTACIONES PÚBLICAS MEDIANTE UNA ILEGITIMA “INTERPRETACIÓN” O “MUTACIÓN” POR PARTE DE LA SALA CONSTITUCIONAL                    

1.         La supuesta verificación del contenido de normas legales           

2.         El supuesto esclarecimiento de las “dudas” del Alcalde recurrente                     

A.         Primera duda sobre la “existencia” de una autorización para ejercer el derecho político  a manifestar, no prevista en la Ley            

B.         Segunda duda sobre el alcance de la “autorización” para el ejercicio del derecho a manifestar como “limitación” legal al mismo              

C.         Tercera duda sobre los poderes del Alcalde para aprobar, modificar o negar la “autorización” para el ejercicio del derecho político a manifestar            

D.        Cuarta duda sobre los poderes del Alcalde en relación con el contenido de sus decisiones en materia de “autorización” de manifestaciones                    

E.         Quinta duda sobre los poderes de orden público de la policía municipal para reprimir las manifestaciones públicas                 

F.         Sexta duda sobre los poderes sancionatorios en materia de desobediencia a las limitaciones impuestas al derecho a manifestar             

IV.      LA VIOLACIÓN DEL PRINCIPIO DE LA PROGRESIVIDAD EN MATERIA DE DERECHOS HUMANOS                     

SEXTA PARTE:

EL FIN DE LA LLAMADA “DEMOCRACIA PARTICIPATIVA Y PROTAGÓNICA:” LA VIOLACIÓN DEL DERECHO A LA PARTICIPACIÓN POLÍTICA POR LA SALA CONSTITUCIONAL, AL TRATAR DE JUSTIFICAR, EN FRAUDE A LA CONSTITUCIÓN, LA EMISIÓN DE LEGISLACIÓN INCONSULTA                 

A MANERA DE CONCLUSIÓN:

PRONUNCIAMIENTOS DE LA ACADEMIA DE CIENCIAS POLÍTICAS Y SOCIALES Y DEL COLEGIO DE ABOGADOS DE CARACAS ANTE LAS RECIENTES DECISIONES DE LA SALA CONSTITUCIONAL DEL TRIBUNAL SUPREMO DE JUSTICIA                   

INDICE GENERAL                  

 

 

Editorial:Editorial Jurídica Venezolana
Año: 2014.
Páginas: 354.
Edición: 1ª Edición.
Formato: 15,5 x 23 cm.  Rústico.
Depósito Legal: lf54020143401193
ISBN: 978-980-365-253-1




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